Club Femme
Noticias

El Primer Ministro de Países Bajos y el jugador de hockey argentino esperan un bebé

Por Martín Villagarcía · 21 de octubre de 2026

El Primer Ministro de Países Bajos y el jugador de hockey argentino esperan un bebé

El anuncio del primer ministro de Países Bajos y el delantero de la selección argentina de hockey sobre césped de ser padres en 2027 pone en agenda el modelo de subrogación altruista y reabre el debate sobre la filiación en el país.

En un escenario donde los debates sobre la gestación por subrogación suelen asociarse a los circuitos comerciales del mercado reproductivo, la noticia compartida por el primer ministro de los Países Bajos, Rob Jetten , y el deportista argentino Nicolás Keenan vuelve a situar la discusión en el terreno de las relaciones afectivas y los acuerdos entre allegados . La pareja confirmó la llegada de su primerx hijx para la primavera de 2027 a través de sus redes sociales, donde publicaron imágenes junto a Lisa, una amiga cercana que llevará adelante el embarazo. En su mensaje, el dirigente político y el delantero de la selección argentina de hockey sobre césped expresaron un profundo agradecimiento tanto a la persona gestante como a la donante de óvulos y a sus respectivas familias , subrayando que el proyecto responde a un deseo colectivo construido desde la confianza y sin mediación económica.

El vínculo entre Jetten y Keenan se remonta a 2022, cuando se conocieron de forma casual en un supermercado neerlandés. Tras una etapa inicial en la que mantuvieron su relación en la intimidad, la pareja consolidó su vida pública en diversos compromisos internacionales, entre ellos los Juegos Olímpicos de París 2024 , donde Keenan compitió con Los Leones mientras Jetten ejercía sus funciones institucionales. Tiempo después hicieron público su compromiso matrimonial con planes de celebrar la boda en España .

La novedad de su paternidad adquiere además una dimensión de visibilidad en el ámbito de la política europea, dado que Jetten es el primer jefe de Gobierno abiertamente gay de los Países Bajos y el primer líder en ese cargo en afrontar la llegada de un hijo durante el ejercicio de la función pública desde la Segunda Guerra Mundial.

El marco en el que la pareja llevará adelante la llegada de su hijx se encuadra en la legislación de los Países Bajos, uno de los países pioneros en regular de manera estricta la gestación por subrogación .

El ordenamiento neerlandés prohíbe explícitamente los acuerdos de carácter comercial o lucrativo y autoriza exclusivamente la modalidad altruista . Bajo esta normativa, las partes involucradas deben ser personas unidas por vínculos previos de amistad o parentesco, garantizando que la persona gestante actúe movida por la solidaridad y no por una contraprestación económica. Asimismo, la ley establece que solo se permite el reembolso de los gastos médicos y logísticos directamente derivados de la gestación .

De este modo, la experiencia de Keenan, Jetten y Lisa pone de manifiesto una práctica sustentada en la autonomía individual y la colaboración consensuada, que se distancia de los cuestionamientos éticos vinculados al turismo reproductivo o a la mercantilización de los procesos gestacionales.

La difusión de este caso vuelve a interpelar la situación normativa de la gestación por subrogación en la Argentina , caracterizada por la ausencia de una ley nacional específica . En el sistema jurídico argentino, la práctica se desarrolla en un marco de alegalidad sustentado en el principio constitucional según el cual aquello que no está expresamente prohibido se encuentra permitido . Sin embargo, la determinación de la filiación choca con el texto del artículo 562 del Código Civil y Comercial, que atribuye la maternidad a la persona que da a luz. Si bien el anteproyecto de reforma del código redactado en 2012 contemplaba regular la gestación por subrogación bajo el requisito de gratuidad y autorización judicial previa, dicha cláusula fue eliminada en el dictamen final de la Comisión Bicameral, dejando la resolución de la filiación sujeta a criterios judiciales divergentes.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , el Registro Civil reguló en su momento la inscripción preventiva de los nacimientos a favor de los padres intencionales cuando la persona gestante manifestara expresamente su falta de voluntad procreacional (mediante disposiciones como la 103/2017 y su modificatoria 122/2020). No obstante, los vaivenes administrativos y las recientes resoluciones han tendido a exigir que cada situación sea remitida a los tribunales.

En este horizonte, el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el expediente ‘S., I. N. c/ A., C. L. ’ sostuvo la validez estricta del artículo 562 y determinó que la persona gestante debe figurar en la partida de nacimiento, señalando que el progenitor intencional no gestante debe acudir a la figura de la adopción por integración . Esta postura de la mayoría del tribunal contrasta con las posiciones disidentes y con las críticas de diversos especialistas en derecho de familia, quienes señalan la tensión existente entre la literalidad de la norma y las realidades afectivas que motivan los acuerdos altruistas.

El caso de Nicolás Keenan y Rob Jetten expone cómo el modelo de subrogación altruista se consolida en determinados países como una alternativa centrada en el acuerdo afectivo y la exención de lucro, al tiempo que pone de relieve la diversidad de enfoques jurídicos e interpretaciones judiciales que la práctica continúa generando a nivel global y local.

Fuente: Soy (Página/12)

¿Estás en Argentina? Mirá la guía de bares y lugares LGBTIQ+ de Argentina.

Comentarios

Iniciá sesión para comentar.

Sumate a Club Femme

La comunidad de mujeres lesbianas, bi y queer de Latinoamérica.

Entrá gratis